El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional parte del Decreto Legislativo Nº 1095, que autoriza la intervención de las Fuerzas Armadas en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, terrorismo, y en la protección de instalaciones estratégicas para el normal funcionamiento de los intereses de la nación, el cual había sido cuestionado en diversos ámbitos.Puntualmente, con relación a la definición de "grupo hostil" que estipula el Decreto Legislativo Nº 1095, el TC determinó que es inconstitucional, en tanto engloba a colectivos que, además de estar mínimamente organizados porque surgen en el contexto de una protesta o manifestación, son capaces de enfrentar al Estado de manera prolongada, a través de la utilización de armas punzocortantes o contundentes en cantidad.Por ello, el documento precisó que no cabe aplicar dicha definición, derivada del Derecho Internacional Humanitario, a un grupo que participa en disturbios internos porque no se encuentra en la posibilidad real de enfrentar las armas y el equipamiento empleados tanto por la Policía Nacional del Perú como por las Fuerzas Armadas.(Edición sábado).