El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado la apelación del partido Siempre Unidos contra del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 que estableció la improcedencia de la inscripción de Isaac Humala Núñez como candidato a la segunda vicepresidencia de la República. El JEE de Lima Centro 1 señaló que Isaac Humala se encuentra incurso en la limitación contenida en el artículo 107, literal e, de la Ley Orgánica de Elecciones, que prohíbe al cónyuge y a los familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de quien ejerce la Presidencia de la República, postular a los cargos de Presidente y Vicepresidente.Esta decisión ha sido valorada por el Supremo Tribunal Electoral, que en su Resolución N.° 054-2016-JNE, concluyó que este impedimento forma parte del bloque de constitucionalidad en materia electoral establecido por la Constitución Política de 1993.