La Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) remitió un oficio a la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), en el cual hace conocer los actos realizados por César Acuña, de presunta entrega de dinero a electores, hecho que vulneraría la Ley de Organizaciones Políticas. El JNE recogió la denuncia realizada en un medio televisivo local, así como en diversos medios, relacionada al ofrecimiento de dinero por parte del candidato de Alianza para el Progreso del Perú (APP), César Acuña Peralta, a electores durante actos proselitistas.El artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N° 30414) referido a la conducta prohibida en la propaganda política, señala que "las organizaciones políticas, en el marco de un proceso electoral, están prohibidas de efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo aquellos que constituyan propaganda electoral".Este artículo establece que "esta conducta se entiende como grave y será sancionada con una multa de 100 UIT que será impuesta por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en un plazo no mayor de 30 días".