PODER JUDICIAL "ARCHIVÓ DEFINITIVAMENTE" ACCIÓN DE AMPARO CONTRA EL VOTO ELECTRÓNICO
6 de abril de 2016

El Poder Judicial archivó definitivamente la acción de amparo contra el voto electrónico, tras declarar improcedente la solicitud interpuesta por Erick Iriarte Ahon, al precisar que cualquier cuestionamiento al proceso electoral debe ser resuelto por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y no por el Poder Judicial. El fallo precisó que de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones (Ley Nº 26859) en su artículo 34, el JNE resuelve, en instancia definitiva, los recursos que se interpongan contra las resoluciones expedidas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).Por ello, al considerar que la ONPE es la entidad encargada de "organizar" todos los procesos electorales, así como la elaboración y el diseño de la cédula de sufragio", es el JNE la "autoridad competente" para atender la demanda contra el voto electrónico.