El Ejecutivo oficializó la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas de 1980 al 2000, aprobada por el Congreso de la República, que prioriza el aspecto humanitario en esas tareas y reconoce derechos a familiares de las víctimas desaparecidas en ese periodo. La ley da prioridad al enfoque humanitario durante la búsqueda de los desaparecidos en el período de violencia 1980-2000, articulando y disponiendo las medidas relativas a la búsqueda, recuperación, análisis, identificación y restitución de los restos humanos.Mediante esta ley, los familiares tendrán el derecho a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición, la situación de la persona desaparecida, incluido su paradero, o, en caso de fallecimiento, las circunstancias de su muerte y el lugar de inhumación.Además, el Estado garantizará los derechos y los intereses de las personas desaparecidas y sus familiares, en particular a que se realice una investigación eficaz, exhaustiva e imparcial de las circunstancias de la desaparición.