GOBIERNO PONE LÍMITES A LOS CARGOS DE CONFIANZA
11 de noviembre de 2016

El Ejecutivo publicó este jueves en las normas legales del diario oficial El Peruano el Decreto Supremo 084-2016, en el cual establece los límites para la contratación de los empleados de confianza. Según señala la norma, todas las entidades públicas pueden contratar a estos trabajadores siempre y cuando no excedan del 5% del total de su planilla. Para este cálculo -indica- se entenderá que los "servidores públicos existentes en cada entidad" hacer referencia "a la sumatoria de los cargos ocupados en el Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Previsional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios". Cabe precisar que este 5% no debe representar a más de 50 personas. También refiere que se entenderá que el término de "cargo de confianza técnico o político" comprende al directivo superior, el ejecutivo, el especialista, y el personal de apoyo. La norma también indica que las disposiciones de este decreto se aplicarán en tanto se implemente la Ley del Servicio Civil.