PODER JUDICIAL DECLARA IMPRESCRIPTIBLES DELITOS POR ATENTADO EN LA CALLE TARATA
8 de marzo de 2017

El Colegiado "A" de la Sala Penal Nacional declaró infundada el pedido de prescripción de los delitos de terrorismo y tráfico ilícito de drogas que se atribuye a los cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán Reynoso, y otros, por el atentado en la calle Tarata, ocurrido en 1992. El tribunal establece en su resolución que el plazo extraordinario de prescripción -según los artículos 80 y 83 del Código Penal-, alcanza los 30 años, dado que se trata de hechos punibles sancionados hasta con cadena perpetua.Asimismo, la sala determinó improcedente el sobreseimiento (archivo) de esta causa penal formulado por la defensa de los acusados, que sostiene que al haber sido condenados a cadena perpetua los integrantes de la cúpula senderista, no corresponde un nuevo proceso por el atentado de Tarata, el 16 de julio de 1992.