SANCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA
16 de noviembre de 2017

El pleno del Congreso de la República aprobó ayer -con 93 votos a favor y cero en contra- el texto sustitutorio del proyecto de ley 72-2016, que incorpora la pena efectiva para quienes incurran en el delito de lesiones leves contra la mujer. Con la aprobación de esta propuesta legislativa, presentada por María Cristina Melgarejo (Fuerza Popular), se modificó el último párrafo del artículo 57 del Código Penal, que establece los requisitos para que un juez pueda suspender la ejecución de cualquier pena. La nueva normativa añadió el siguiente texto: "La suspensión de la ejecución de la pena es inaplicable [...] para aquellos que sean condenados por lesiones leves por violencia contra la mujer, previsto en los literales c) y d) del numeral 3) del artículo 122 del Código Penal". Las condenas por la comisión de este delito van de 3 a 6 años de cárcel.

  • [El Comercio,Pág. 20]
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  • [Correo,Pág. 8]
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