CORTE IDH NO PUEDE ORDENAR NULIDAD DEL INDULTO, DICE ABOGADO DE FUJIMORI
10 de enero de 2018

La Corte Interamericana de Derechos Humanos no puede declarar nulo ni ordenar la anulación del indulto a Alberto Fujimori, porque no es su competencia, según el tenor de la audiencia que fijó para el 2 de febrero, aseguró hoy Miguel Pérez Arroyo, abogado del exmandatario.El letrado explicó que la audiencia venidera será de supervisión, no de impugnación, de manera que el 2 de febrero se verificará los compromisos y el cumplimiento de las obligaciones del Estado conforme a las sentencias contra el exmandatario por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta."No es una instancia revisora o de impugnación, la Corte no puede decir ‘este indulto es nulo’ u ordenar una anulación al Estado Peruano, no es su competencia en función de lo que ha fijado como objeto de la audiencia", expresó el abogado de Alberto Fujimori, en RPP.Según Miguel Pérez Arroyo, la propia Corte IDH delimitó el objeto de esta diligencia programada a solicitud de grupos defensores de los derechos humanos, estableciendo que la audiencia sea de supervisión, teniendo como emplazados a los peticionantes y al Estado Peruano.