El último jueves, el Congreso aprobó por mayoría una modificación al Reglamento del Congreso que cambia lo referente a la moción de censura y cuestión de confianza. La iniciativa indica que, en caso de "crisis total del gabinete", ningún ministro saliente puede ser designado nuevamente en una cartera y establece que la facultad presidencial de disolver el Congreso procede en caso de producirse dos crisis totales de gabinetes. La discusión, más allá de si la reforma es necesaria, es si para hacerla se precisaba una modificación al Reglamento del Congreso, como se hizo, o de la Constitución. El abogado Víctor García Toma opina sobre el tema.¿Para hacer esta modificación, se necesitaba cambiar la Constitución?Ni siquiera podría hacerse con una reforma de la Constitución, tendría que haber un nuevo Congreso Constituyente. El Tribunal Constitucional (TC) lo ha establecido al sostener que ni siquiera por reformas se puede cambiar la forma del Estado o la del gobierno. El artículo 43 de la Constitución dice que somos una república democrática basada en el principio de separación de poderes. Entre estos poderes hay un equilibrio, un mutuo control (entre Ejecutivo y Congreso).¿Ese equilibrio se rompe con este cambio en el Congreso?Claro. La Constitución le da al Parlamento interpelación, censura, comisiones investigadores, la posibilidad de negar el voto de investidura, pero, por otro lado, le dice al Ejecutivo que puede observar las leyes o disolver el Congreso si caen dos gabinetes para convocar a elecciones cuando entiende que los congresistas obstruyen su labor. Esta modificación del reglamento del Congreso hace que ya no exista un equilibrio de poderes en el Perú. Hay un poder subordinante, que es el Legislativo, que tiene en sus manos al Ejecutivo.