TC ACLARA QUE NO ES PROCEDENTE EMITIR UN VOTO EN AUSENCIA
12 de abril de 2018

El Tribunal Constitucional (TC) aclaró que no es procedente emitir un voto en ausencia a través de un sobre cerrado, tal y como lo hizo el magistrado Eloy Espinosa -Saldaña en el caso correspondiente a los procesos de hábeas corpus para la liberación de Ollanta Humala y Nadine Heredia.Mediante un comunicado, el TC precisó que Espinosa-Saldaña solicitó el 21 de marzo siete días a cuenta de sus vacaciones a efectivizarse del 22 al 28 marzo. Sin embargo, agregó, ese mismo día, dicho magistrado, pidió hacer uso del resto de su periodo vacacional del 2 al 24 de abril en curso.