Como parte de la delegación de facultades para legislar, el Ejecutivo promulgó el D. Leg. 1415, que modifica la ley que regula la gestión de intereses en la administración pública. Una de sus novedades es la obligación para los funcionarios con capacidad de decisión pública (presidente, ministros, gobernadores, alcaldes, etc.) de dejar constancia detallada de sus reuniones y contactos con los gestores de intereses en el registro correspondiente.Además les prohíbe atender esos asuntos fuera de la sede institucional, salvo casos excepcionales "siempre que sean programados previamente en la agenda oficial, en cuyo caso debe dejarse constancia del hecho", indica la norma publicada en "El Peruano".