TC: FALLO EN MINORÍA HALLA ELEMENTOS JURÍDICOS QUE JUSTIFICAN PRISIÓN PREVENTIVA DE KEIKO
29 de noviembre de 2019

Cerca de las 4 y 30 de la tarde, el Tribunal Constitucional (TC) publicó en su página web la sentencia que, por mayoría, deja sin efecto la prisión preventiva de 18 meses que cumplía Keiko Fujimori, investigada por lavado de activos. Este acto inició el mecanismo para que próximamente recupere su libertad.Los cuatros jueces que declararon fundado el hábeas corpus solo coinciden en el extremo que señala que se vulneró el derecho a la libertad personal de la lideresa de Fuerza Popular, a tal punto que uno de ellos presentó un voto singular.Para ellos no hay peligro de fuga, ni obstrucción; e incluso Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero van más allá y se pronuncian en temas de fondo que solo le competen al juez común y no al ente constitucional."En diversos momentos de la ponencia puesta a consideración del Pleno del Tribunal Constitucional aparecen análisis que, con toda claridad, resultan de competencia exclusiva y excluyente del juez ordinario", advierte el voto conjunto de los magistrados en minoría, Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Manuel Miranda, que declararon improcedente la demanda.