Se ha revelado que el presidente de la república, José María Balcázar, contrató a su abogado personal dentro del aparato estatal. El letrado Odar Jimmy Cornejo Custodio obtuvo una orden de servicio directa por la suma de S/30,000 para brindar asesoría especializada en la Oficina General de Asesoría Jurídica del Despacho Presidencial por un periodo de 90 días, labores que iniciaron un mes después de que el mandatario asumiera el cargo. Según el reportaje de Cuarto Poder, de manera paralela a sus funciones remuneradas con fondos públicos, Cornejo continuó ejerciendo la defensa particular de Balcázar, presentándose ante los tribunales el pasado martes 16 de junio en el inicio del juicio oral que afronta el dignatario por la presunta apropiación ilícita de fondos del Colegio de Abogados de Lambayeque. Al respecto, el abogado penalista Andy Carrión advirtió que este accionar podría configurar ciertos delitos. “Cuando un funcionario ejerce una determinada labor, en este caso la contratación que le hizo el presidente de la república, pues él solamente tiene que desempeñar esa función. No se puede derivar estos esfuerzos, este trabajo, para una finalidad distinta. Y en este caso lo que ha hecho el presidente es contratarlo en la Presidencia, pero ocupa a esta persona como abogado en asuntos personales. Eso en derecho penal se llama peculado. Es decir, no solamente cuando un objeto, un bien, se destina a una finalidad distinta, sino también cuando una fuerza laboral o una competencia laboral se destina a una función distinta para la cual ha sido nombrado (el funcionario)”.