ORGANISMOS REGULADORES YA NO TENDRÁN PARTICIPACIÓN EN ESTRUCTURACIÓN DE APP Y PA
24 de julio de 2026

La ley del crédito suplementario, que se oficializó el último domingo, no solo liberó S/ 4,160.3 millones para el Estado, sino que incluyó cambios no menores para nuevos proyectos de Asociaciones Público-Privadas (APP) y Proyectos en Activos (PA), así como sus potenciales adendas. A partir de ahora, los organismos reguladores, como el Ositrán, Osinergmin, Sunass y Osiptel; no opinarán respecto a estos contratos previo a su adjudicación. Ni siquiera si se trata de aspectos vinculados al régimen tarifario, de acceso o niveles de los servicios. Así lo plantea una de las disposiciones complementarias de la ley del crédito suplementario, sin mayor explicación ni motivo, lo que ha sido producto de crítica de parte de expertos consultados. En la ley del crédito suplementario, la trigésima quinta disposición complementaria final introduce cambios a la Ley 32441, norma que rige las APP y PA y que solo tiene poco más de seis meses de vigencia. Mediante este apartado, el Congreso retiró la facultad de los organismos reguladores de participar en las fases de estructuración y transacción de esta clase de proyectos, como son la Línea 2 del Metro de Lima, los aeropuertos concesionados, incluido el Jorge Chávez o el Parque Industrial de Ancón, entre otros.

  • [Gestión,Pág. 2, 3]
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