El Ministerio de Energía y Minas aprobó medidas transitorias de excepción para asegurar el abastecimiento de combustibles líquidos en el país ante las condiciones que afectan la reposición e inventario. Así, en forma temporal, los productores y distribuidores mayoristas que tienen capacidad de almacenamiento no tendrán obligación de mantener existencias mínimas de Gasolinas y Gasoholes Premium y Regular, y de Diésel B5. También, en forma excepción temporal, se flexibilizan obligaciones relacionadas con la mezcla y comercialización de biocombustibles en las regiones de Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cusco y Madre de Dios. Ambas medidas terminarán el 1 y 13 de setiembre.