Entrevista a Pedro Hernández, presidente del Tribunal Constitucional. Un tema clave es la exención de responsabilidad penal y el Registro Integral de Formalización Minera. Se habla de una posible extensión de este registro, que surgió como algo temporal. ¿Cuál es la postura del TC, con una sentencia ya emitida, sobre dicha cuestión? En el caso Reinfo, antes de la prórroga, el gran tema que el tribunal enfrentó es justamente la exención de responsabilidad penal. Y creo que fue una sentencia que me parece no fue del todo leída en su alcance. Y me parece que el tema de la exención penal aún no está siendo aterrizado, pero es lo que el tribunal dispuso. Tú puedes decidir como política pública respecto a la minería lo que corresponde, con base en tus atribuciones como poder político. Lo que no puedes hacer es que eso genere la violación de otros bienes constitucionales, como el medio ambiente. Y si eso significa que tú tengas que reformular o repensar la exención de responsabilidad penal, bueno, es lo que el tribunal dijo: ningún tipo de disposición vinculada al tema del Reinfo, o llámese como se llame el programa, puede exonerar de responsabilidad penal, porque eso sí es un bien constitucional que no se está garantizando. De suyo, la sentencia es muy profusa en la información sobre vulneraciones ambientales. Yo creo que tal vez, como esto se dio en el Congreso anterior, no se prestó demasiada atención a la sentencia, pero el tribunal ya lo definió. ¿Quién es el que debe regular el tema de la exención de responsabilidad penal, en el entendido de que ya el TC se ha mostrado en contra? Entiendo que esa decisión debería haber generado una modificación legislativa sobre el particular. Se puede manejar por la delegación de facultades, podría ser. Depende ya de cómo lo manejen. Pero ahí es un tema pendiente. Porque el tribunal lo dijo con total claridad: tú define la política pública en minería que [te] parezca. Es más, en esa época estaba pendiente el tema de MAPE, pero lo que no puedes considerar es una exención de responsabilidad penal. Porque tú no puedes formalizar a costa del medio ambiente. La posición es categórica ahí.