COMBUSTIBLES: DICTAN MEDIDAS PARA LORETO
15 de septiembre de 2026

Con el objetivo de contribuir a la continuidad del abastecimiento de combustibles en Loreto ante las actuales condiciones de transporte fluvial, el Ministerio de Energía y Minas (Minem), mediante la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), dispuso medidas excepcionales y transitorias respecto de la obligación de mantener existencias de gasolinas regular y de 84 octanos. Mediante la Resolución Directoral N.° 146-2026-Minem/DGH, se exceptuó en Loreto, con eficacia anticipada desde el 4 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2026, el cumplimiento del artículo 43 del Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos. Esta norma se refiere al mantenimiento de un inventario medio mensual mínimo de cada combustible en las plantas de abastecimiento.

  • [El Peruano,Pág. 10]
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