Un funcionario del Jurado Nacional de Elecciones ha salido a adelantar una absurda “salida” al entrampe legal que ha generado la criollada de la reelección encubierta. Hablamos, por supuesto, de aquellos casos, más de un centenar, en los que el alcalde en ejercicio –renunciando semanas antes– postuló como primer regidor para sortear así la prohibición de ser reelegido en el cargo. Una salida facilista, medrosa y que igualmente consagraría una maniobra que vulnera el mandato de la Constitución del Perú. Lo dejó caer el integrante del gabinete de asesores del máximo tribunal electoral Jorge Valdivia: que, para definir a los nuevos burgomaestres, en estos casos, decidan los concejos municipales el 1 de enero, cuando se instalen. Lo explica apelando a la Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que, cuando no hay alcalde, se designa al primer regidor para que desempeñe sus funciones. Es decir, no importa que la Constitución impida la reelección, que es en la práctica lo que sucedería con esa figura. Por otro lado, está cantado que el concejo, que tiene a la mayoría más uno de la lista ganadora, decidirá por el regidor que justamente está prohibido de reasumir la alcaldía a la que renunció poco antes. Con esta justificación de legitimidad más que endeble, el JNE pretendería lavarse las manos y seguir evadiendo la responsabilidad sobre la papa caliente que tiene entre manos, pese a que su presidente dijo que el Pleno emitiría un pronunciamiento. Lo cierto es que resulta aberrante que se ponga una norma como la Ley Orgánica de Municipalidades por encima de la Constitución, que prohíbe expresamente la figura de la reelección. Y de hacerlo estaría dejando un antecedente nefasto.