Las personas que ocasionen daño personal o material y afecten considerablemente el desarrollo de las actividades portuarias, deberán pgara una multa de hasta S/. 350 mil (100 Unidades Impositivas Tributarias) por infracción muy grave, según lo dispuso el reglamento del régimen general de infracciones y sanciones para la actividad portuaria aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.En caso de infracciones leves la multa será de hasta S/. 17,500 y por infracción grave llega a S/. 70 mil. (Edición domingo).