La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó sanciones de entre uno y cinco años de prisión, para quienes proporcionen señales falsas o engañosas respecto de la oferta o demanda de un valor, o instrumento financiero, en beneficio propio o ajeno.Estas señales falsas pueden ser a través de transacciones que suban o bajen el precio, incrementen o reduzcan su liquidez, siempre que el monto supere las 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o un millón 80 mil nuevos soles.La propuesta que sanciona a los especuladores, incorpora un artículo en el Código Penal, fue aprobada por la Comisión Permanente por 21 votos a favor y una abstención.